¿Me vas a chulear tú a mí?

¿Me vas a chulear tú a mí?

Home 3 Foros Gallinero GGS Cosillas de la red ¿Me vas a chulear tú a mí?

Comparte si te gusta
  • Este debate tiene 11 respuestas, 10 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 16 años por InXs.
Viendo 12 entradas - de la 1 a la 12 (de un total de 12)
  • Autor
    Entradas
  • #20898 Score: 0
    InXs
    Participante

    http://www.lacoctelera.com/crispienlarcadia/post/2008/04/17/me-vas-chulear-tu-mi

    Seguro que a mas de uno le va a gustar, espero comentarios.

    #53775 Score: 0
    kalioN
    Participante

    Por desgracias estas historias se repiten mucho por mi barrio y siempre salimos perjudicados los que plantamos cara…

    Me ha gustado mucho la historia, ademas el esfuerzo que ha echo esta chica es de valorar, ya que TODO EL MUNDO sabe que existen estos problemas pero nose porque nadie quiere comentarlos.

    Ole sus ovarios!

    #53784 Score: 0
    FeNDeTeST@S
    Participante

    Juas, a esos los chapo por el pecho, cabezazo en la tocha al 1º de tal trallazo no ocupa ni un cuarto de asiento y a los otros como me vengan les reviento… pfffff

    P.D.: Esos son mucho de boca pero a la hora de la verdad…

    #53785 Score: 0
    gonzete
    Participante

    Dios me libre de ponerles la mano encima, al ser menores, encima termino yo en el cuartelillo teniendo que dar explicaciones. Hay tanto que decir que mejor no decir nada para no expresarlo incorrectamente.

    Si les meto unas leches, se me cae el pelo. si me dan ellos un navajazo, llaman a los padres y se van de rositas….

    Bueno, me callo ya que dije que no diría nada…..

    #53789 Score: 0
    Malach
    Participante

    gonzete escribio:

    Quote:
    Dios me libre de ponerles la mano encima, al ser menores, encima termino yo en el cuartelillo teniendo que dar explicaciones. Hay tanto que decir que mejor no decir nada para no expresarlo incorrectamente.

    Si les meto unas leches, se me cae el pelo. si me dan ellos un navajazo, llaman a los padres y se van de rositas….

    Bueno, me callo ya que dije que no diría nada…..

    Que puta razon tienes, pero sigue, sigue…

    #53786 Score: 0
    pepelu
    Participante

    en JEREZ los insulto son mas fuertes :S asin me e criao yo…

    #53801 Score: 0
    aReNSiVia
    Participante

    Y por que esta chica no ha comentado los recientemente implantados buhobuses ( de horario nocturno).

    Hace no mucho, un colega tuvo una pelea con un grupo de estos "garrulos" por evitar que le dieran una paliza a un chaval de unos 12 años que iba solo en la parte de atras del autobus,… le costó unos cuantos moratones y casi un navajazo, pero consiguio bajar ( a ostias) a esta panda de capullines… ya que, ni el conductor ni el guardia de seguridad que estas lineas siempre lleva, se dignaron a hacer nada y cuando llego la policía todo el mundo pasó del tema…

    Es un buen debate este tema, yo soy de los que piensa que no hay que educar a base de ostias, por que luego, el unico idioma que entienden es ese… el de las ostias, y siempre nos cuesta a todos mas de un disgusto.

    No me gusta que se generalice con las nuevas generaciones, estos temas siempre pasan con los mismos, y ha sido así de toda la vida. La diferencia es que ahora , gracias a la tecnologia, tenemos muchisima más informacion de todo lo que pasa en todos lados…

    Ale, un saludo! :P

    #53802 Score: 0
    InXs
    Participante

    En el artículo 20.4º del vigente Código Penal se contempla como una de las causas que eximen de responsabilidad penal “El obrar en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los siguientes requisitos: a) Agresión ilegítima. b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. Y c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor”. Partiendo del carácter de eximente, esto es, cuando una acción se realiza en circunstancias tales que deja de ser desaprobada por la ley, analizaremos pormenorizadamente cada uno de los requisitos exigidos para que, al repeler una agresión, la respuesta no sea considerada a su vez como agresión ilegítima:

    a) Legítima defensa: Ha de entenderse por tal aquella que es necesaria para repeler una injusta agresión contra el que se defiende o contra un tercero. En el fondo de toda legítima defensa late una situación de necesidad pues el sujeto ha de sufrir un mal o inferirlo. Por lo tanto, es un derecho a defenderse del que sufre una agresión.

    b) Extensión: Puede ser defendido cualquier bien jurídico inherente a la propia existencia del sujeto (como la vida, la integridad corporal, la salud, el pudor) así como cualquier interés que revista la forma de un derecho (la libertad, el honor, la propiedad de cualquier cosa y, por supuesto, el hogar).

    c) Agresión ilegítima: Por agresión debe entenderse la acción de acometer a alguno para matarle, herirle o causarle cualquier daño, acometimiento material, físico y directo. En cuanto a que la agresión ha de ser ilegítima debe entenderse como que sea contraria a derecho, que se trate de un peligro real y objetivo con potencia de dañar a la víctima, que se trate de un ataque injustificado, inesperado e injusto.

    d) Agresión actual e inminente: Contra agresiones pasadas no cabe hablar de legítima defensa, pues en este caso se trataría de una simple venganza, por lo que la agresión debe repelerse en el mismo momento en que se produce.

    e) Necesidad racional del medio empleado para defenderse: La racionalidad guarda estrecha relación con los medios de que disponga el agredido, señalando la jurisprudencia del Tribunal Supremo que si se puede optar entre varios diversamente gravosos para el atacante, se ha de elegir aquel que permita repeler o impedir la agresión con el menor dañó para el injusto agresor, pero si no tiene a su disposición más que un solo medio para reaccionar contra el injusto agresor, la ley no puede obligarle a soportar el ser agredido sin utilizarlo, pues no puede obligarse a emprender la fuga a quien dispone de la posibilidad de repeler la agresión.

    f) Falta de provocación suficiente por parte del defensor: Por eso no existe legítima defensa cuando se desafía al otro a realizar el acto en que consiste el ataque injusto.

    g) Legítima defensa de terceros: En el término terceros se incluye la legítima defensa de cualquier persona (familiar, compañero, conocido, extraño) que sufra, ante nuestra presencia, una agresión ilegítima en su persona o en sus derechos.

    #53807 Score: 0
    LNCCHIVITE
    Participante

    InXsense, ha sido una autentica clase magistral;) .

    Por experiencia, al actuar bajo varias de esas premisas (legítima defensa,Extensión , agresión inminente y defensa de terceros) me llevé a casa una condena de cuatro dias de arresto domiciliario, condena muy inferior a la impuesta a la parte "amoratada" de la escamuza 👿 . Conclusión, ante una agresión recíproca, aún siendo en defensa propia y de un tercero, la magistratura opta por condenar a todas las partes intervinientes… y les importa un comino la jurisprudencia.Si la encuentro os publico la condena, que francamente me pareció de lo más exótica.

    #54717 Score: 0
    legiaggs
    Participante

    La legítima defensa en una eximente completa de la responsabilidad penal, esto quiere decir que si tu acción se ajusta a lo establecido no ya tanto por la ley, si no mas bien por la jurisprudencia ya existente en estos casos (que es amplísima), no se te puede pedir responsabilidades penales por tus acciones, pero se deben dar a la par los tres supuestos que recoje (agresión ilegítima, medio empleado en la defensa, y falta de provocación), si falta alguno de estos o no se ajustan de forma precisa sería una atenuante de la responsabilidad penal, es decir acabarías condenado pero con una rebaja penal al aplicarse el atenuante.
    Por tus palabras Chivite, creo que tu caso se ajustaría mas a tipo penal de "riña tumultuaria". Dudo que la condena sea exotica como tu dices, pero bueno es aventurarme en algo que desconozco y no puedo entrar a valorar. Solo os digo que la aplicación de la legítima defensa deber ser muy estricta, sino todos estaríamos en el derecho de ir reventado cabezas porque alguien a atentado contra nuestro honor. Hay muchos ejemplos de jurisprudencia sobre no aplicación de la legitima defensa que se pueden buscar por internet y veriais como son sentencias completamente razonadas y coherentes. Siempre queda la posibilidad del recurso.;)

    #54724 Score: 0
    Mcarthur
    Participante

    La culpa de que pase todo esto empieza en casa con los padres ya que hemos visto muchas veces que un niñato hace algo malo y si le dices algo aun viene el padre y te pone verde. Cuando yo era pequeño recuedo que pobre de mi que le dijeran algo a mi padre de que habia contestado u otra cosa a una persona mayor, que el ya se encargaba de ti, en cambio ahora si pasa eso te viene el padre y aun te la lia por haberle dicho algo a su hijo.

    #54729 Score: 0
    InXs
    Participante

    Yo entre en la EGB, 1er curso y me esperaba un profesor cuyo nombre no recuerdo, con dos reglas de madera, una antigua y una nueva, la nueva la rompio pegandole a uno, la vieja la probe yo un par de veces, una por pedirle un rotulador a un compañero y la otra por coger una goma del suelo…, en otra ocasión y ya mas mayorcito la profesora rompe la llave en la cerradura, el director se acerca a ver como solucionar el tema y un compañero dice.. pues si no se puede entrar en la clase nos vamos a casa, el director se dio media vuelta y le metio una OSTIA que se le dejo marcada la mano en la cara una hora…

Viendo 12 entradas - de la 1 a la 12 (de un total de 12)
  • Debes estar registrado para responder a este debate.

Lost Password

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Configurar y más información
Privacidad